“...la recurrente no respetó los hechos que la Sala tuvo por acreditados y pretende, a través de los submotivos de violación de la ley por inaplicación y aplicación indebida de la ley, modificar la sustentación fáctica de la sentencia, lo cual no es procedente ni lógica ni jurídicamente, pues, en todo caso, debió invocar un submotivo distinto a lo aquí analizado. Aunado a ello, la casacionista arguye que, el cobro se realizó conforme a la lectura real del medidor y que fue la Sala quien efectuó una errónea consideración de los elementos fácticos de la situación concreta; como puede apreciarse, la recurrente no solo, irrespetó los hechos acreditados, sino que además, mezcla argumentos que no corresponden, ya que se refiere a errores en la «consideración de los elementos fácticos», los cuales incuestionablemente no son apropiados, porque el objeto de los submotivos invocados, es atacar las bases jurídicas que sirven de fundamento para resolver la litis...”